1. Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
2. Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior.
3. La costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público, y que resulte probada.
Los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad, tendrán la consideración de costumbre.
4. Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.
5. Las normas jurídicas contenidas en los tratados internacionales no serán de aplicación directa en España en tanto no hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicación íntegra en el «Boletín Oficial del Estado».
6. La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
7. Los Jueces y Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los asuntos de que conozcan, ateniéndose al sistema de fuentes establecido.
Artículo 1 Código Civil
Análisis del Artículo 1 del Código Civil Español
El artículo 1 del Código Civil español regula las fuentes del ordenamiento jurídico y establece las reglas fundamentales sobre cómo se aplica y organiza el sistema normativo en España. Este artículo es esencial para comprender la jerarquía y aplicación de las normas, incluyendo el papel de la ley, la costumbre, los principios generales del derecho, la jurisprudencia, y los tratados internacionales en el marco jurídico español.
Fuentes del Ordenamiento Jurídico
1. Las fuentes principales: La ley, la costumbre y los principios generales del derecho
La ley se establece como la fuente primaria del derecho, seguida por la costumbre y los principios generales, que solo se aplican cuando no exista una ley directamente aplicable.
- La ley: Es la norma escrita promulgada por los órganos legislativos competentes y constituye el fundamento principal del sistema jurídico.
- La costumbre: Es la práctica social reiterada con fuerza normativa, siempre que no exista una ley aplicable y que no contravenga la moral ni el orden público.
- Los principios generales del derecho: Son fundamentos éticos y jurídicos que informan el ordenamiento y suplen las lagunas legales y la ausencia de costumbre.
Ejemplo práctico:
- Ley: En un conflicto laboral, el Estatuto de los Trabajadores es la norma principal para resolver las cuestiones.
- Costumbre: En ausencia de regulación específica, una práctica empresarial de conceder días adicionales de permiso retribuido por nacimiento puede considerarse costumbre.
- Principios generales: En un caso donde no existan normas específicas aplicables, se puede recurrir al principio de buena fe para resolver disputas.
Jerarquía Normativa y Aplicación
2. Validez de las normas y jerarquía normativa
El artículo establece que las normas de rango inferior deben respetar las de rango superior, consolidando el principio de jerarquía normativa.
Ejemplo práctico:
- Una ordenanza municipal que contradiga una ley estatal carecerá de validez. Por ejemplo, si una ordenanza permite algo que está prohibido por una ley estatal, prevalecerá la ley.
3. Aplicación de la costumbre y su validez
La costumbre solo será aplicable en ausencia de ley y siempre que cumpla con las condiciones de no contravenir la moral o el orden público y ser probada.
Ejemplo práctico:
- En el ámbito rural, una costumbre que permita el paso de ganado por terrenos ajenos puede aplicarse si no existe regulación específica sobre servidumbres y no contraviene la ley ni el orden público.
Otros Elementos del Sistema Jurídico
4. Tratados internacionales
Los tratados internacionales solo tendrán aplicación directa en España si han sido incorporados al ordenamiento interno mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Ejemplo práctico:
- Un convenio internacional de derechos humanos, como el Convenio Europeo de Derechos Humanos, será aplicable en España tras su publicación en el BOE.
5. Jurisprudencia
La jurisprudencia complementa el ordenamiento jurídico mediante la doctrina reiterada del Tribunal Supremo, que sirve como guía interpretativa para la ley, la costumbre y los principios generales.
Ejemplo práctico:
- Si el Tribunal Supremo establece de manera reiterada que las cláusulas abusivas en contratos bancarios son nulas, esta interpretación será vinculante como complemento del ordenamiento jurídico.
6. Deber de los jueces y tribunales
Los jueces y tribunales tienen el deber de resolver todos los asuntos que lleguen a su conocimiento, siguiendo las fuentes del derecho en el orden establecido. Esto garantiza la seguridad jurídica y evita decisiones arbitrarias.
Ejemplo práctico:
- En un conflicto civil sin regulación específica, el juez no puede negarse a dictar sentencia. Si no existe ley aplicable, deberá acudir a la costumbre o los principios generales del derecho.
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Pablo Ródenas de la Vega
«El Derecho Penal es el arte de equilibrar la justicia con la misericordia, donde cada palabra es un paso hacia la verdad y cada veredicto un reflejo de la sociedad.»
— Pablo Ródenas, Abogado Civilista
- Código Civil
- TITULO PRELIMINAR. DE LAS NORMAS JURÍDICAS, SU APLICACIÓN Y EFICACIA
- Capítulo I: Fuentes del derecho.
- Artículo 1
- Artículo 2
- Capítulo I: Fuentes del derecho.
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