El arrendador está obligado:
1.º A entregar al arrendatario la cosa objeto del contrato.
2.º A hacer en ella durante el arrendamiento todas las reparaciones necesarias a fin de conservarla en estado de servir para el uso a que ha sido destinada.
3.º A mantener al arrendatario en el goce pacífico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato.
Artículo 1554 Código Civil
- Código Civil
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título VI: Del contrato de arrendamiento
- Capítulo II: De los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas
- Sección II: De los derechos y obligaciones del arrendador y del arrendatario
- Capítulo II: De los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas
- Título VI: Del contrato de arrendamiento
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS