Son requisitos esenciales de los contratos de prenda e hipoteca:
1.º Que se constituya para asegurar el cumplimiento de una obligación principal.
2.º Que la cosa pignorada o hipotecada pertenezca en propiedad al que la empeña o hipoteca.
3.º Que las personas que constituyan la prenda o hipoteca tengan la libre disposición de sus bienes o, en caso de no tenerla, se hallen legalmente autorizadas al efecto.
Las terceras personas extrañas a la obligación principal pueden asegurar ésta pignorando o hipotecando sus propios bienes.
Artículo 1857 Código Civil
- Código Civil
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título XV: De los contratos de prenda, hipoteca y anticresis
- Capítulo I: Disposiciones comunes a la prenda y a la hipoteca
- Artículo 1857
- Artículo 1858
- Artículo 1859
- Artículo 1860
- Artículo 1861
- Artículo 1862
- Capítulo I: Disposiciones comunes a la prenda y a la hipoteca
- Título XV: De los contratos de prenda, hipoteca y anticresis
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS