(Derogado)
Artículo 304 Código Civil
Derogado por la Ley 8/2021, de 2 junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, tras la reforma de 3 de junio de 2021 que entró en vigor el 3 de septiembre de 2021 y, que rogaba lo siguiente:
Los actos realizados por el guardador de hecho en interés del menor o presunto incapaz no podrán ser impugnados si redundan en su utilidad.
Artículo 304 – Derogado con efectos de 03 de septiembre de 2021
- Código Civil
- LIBRO I. DE LAS PERSONAS
- Título XII: Disposiciones comunes
- Artículo 300
- Artículo 301 (Derogado)
- Artículo 302 (Derogado)
- Artículo 303 (Derogado)
- Artículo 304 (Derogado)
- Artículo 305 (Derogado)
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- Artículo 332 (Derogado)
- Título XII: Disposiciones comunes
- LIBRO I. DE LAS PERSONAS