El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.
El derecho a la pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor. No obstante, los herederos de éste podrán solicitar del Juez la reducción o supresión de aquélla, si el caudal hereditario no pudiera satisfacer las necesidades de la deuda o afectara a sus derechos en la legítima.
Artículo 101 Código Civil
¿Qué establece el artículo 101 del Código Civil español?
El artículo 101 del Código Civil español regula la extinción del derecho a la pensión compensatoria en casos de separación o divorcio. Este artículo señala que el derecho a la pensión se extingue por varias razones:
- Cese de la causa que motivó la pensión: Si el motivo por el cual se concedió la pensión deja de existir, el derecho a recibirla también cesa.
- Nuevo matrimonio del acreedor: Si la persona que recibe la pensión se casa nuevamente, pierde el derecho a seguir recibiendo la pensión.
- Convivencia marital con otra persona: Si el acreedor de la pensión vive de manera estable con otra persona en una relación similar al matrimonio, también pierde el derecho a la pensión.
Además, el artículo aclara que el derecho a la pensión no se extingue automáticamente con la muerte del deudor. Sin embargo, los herederos del deudor pueden solicitar al juez que reduzca o suprima la pensión si consideran que el patrimonio heredado no es suficiente para satisfacer la deuda o si afecta a sus derechos en la legítima.
¿Cuándo se aplica el artículo 101?
El artículo 101 se aplica en los casos de separación o divorcio donde se ha otorgado una pensión compensatoria a uno de los cónyuges. La pensión se puede extinguir si las circunstancias del acreedor cambian, como en el caso de contraer nuevo matrimonio o de comenzar una convivencia estable con otra persona.
Además, también se aplica en el caso de fallecimiento del deudor, cuando los herederos solicitan la modificación de la pensión porque afecta los derechos de la herencia o no se puede cumplir con la deuda.
Ejemplos de aplicación del artículo 101
- Extinción por nuevo matrimonio: Una persona que recibe una pensión compensatoria tras su divorcio se vuelve a casar. En este caso, según el artículo 101, pierde el derecho a seguir recibiendo la pensión, ya que el matrimonio anula la causa que justificaba la compensación económica.
- Convivencia marital con otra persona: Una mujer que recibe pensión compensatoria tras el divorcio comienza a convivir de manera estable con otra persona en una relación similar al matrimonio. Su exmarido solicita al juez que extinga la pensión, ya que la convivencia marital es motivo para cesar el derecho a la compensación.
- Muerte del deudor y petición de los herederos: Tras la muerte del deudor que estaba obligado a pagar la pensión, los herederos encuentran que el patrimonio heredado no es suficiente para seguir cubriendo la pensión. En este caso, pueden solicitar al juez la reducción o supresión de la pensión, argumentando que afecta a sus derechos de herencia.
- Código Civil
- LIBRO I. DE LAS PERSONAS
- Título IV: Del matrimonio
- LIBRO I. DE LAS PERSONAS