Artículo 89 del Código Civil español explicado

Los efectos de la disolución del matrimonio por divorcio se producirán desde la firmeza de la sentencia o decreto que así lo declare o desde la manifestación del consentimiento de ambos cónyuges otorgado en escritura pública conforme a lo dispuesto en el artículo 87. No perjudicará a terceros de buena fe sino a partir de su respectiva inscripción en el Registro Civil.

Artículo 89 Código Civil

¿Qué establece el artículo 89 del Código Civil español?

El artículo 89 del Código Civil español regula los efectos de la disolución del matrimonio por divorcio, y establece que dichos efectos se producen desde el momento en que la sentencia o decreto de divorcio adquiere firmeza. En los casos de divorcio de mutuo acuerdo, cuando se realiza mediante escritura pública ante notario, los efectos se generan desde el momento en que los cónyuges manifiestan su consentimiento, tal como se dispone en el artículo 87 del Código Civil.

El artículo también aclara que el divorcio no afectará a terceros de buena fe hasta que la disolución del matrimonio esté debidamente inscrita en el Registro Civil. Esto significa que, aunque el divorcio es efectivo entre los cónyuges desde que se dicta la sentencia o se formaliza la escritura pública, los efectos frente a terceros (por ejemplo, acreedores o entidades bancarias) no se producirán hasta su registro oficial.

¿Cuándo se aplica el artículo 89?

El artículo 89 se aplica cuando un matrimonio se disuelve por divorcio, ya sea por sentencia judicial, decreto o mediante escritura pública ante notario en casos de divorcio de mutuo acuerdo. Los efectos legales del divorcio, como la separación de bienes o la extinción de las obligaciones conyugales, comienzan a producirse desde el momento en que la sentencia o escritura adquiere firmeza.

Además, se aplica cuando terceros de buena fe, como empresas o instituciones, son involucrados en asuntos legales relacionados con el matrimonio, ya que el divorcio solo les afecta una vez que esté inscrito en el Registro Civil.

Ejemplos de aplicación del artículo 89

  1. Efectos desde la firmeza de la sentencia de divorcio: Una pareja se divorcia tras un proceso judicial, y el juez dicta una sentencia de divorcio. Los efectos de la disolución del matrimonio se producen desde que la sentencia es firme, es decir, cuando no se puede recurrir más. A partir de ese momento, los cónyuges dejan de tener obligaciones matrimoniales.
  2. Divorcio ante notario: Dos cónyuges optan por un divorcio de mutuo acuerdo ante notario, y formalizan su separación mediante escritura pública. Los efectos del divorcio surgen desde el momento en que ambos manifiestan su consentimiento ante el notario, y a partir de entonces el matrimonio queda legalmente disuelto.
  3. Inscripción en el Registro Civil para terceros: Un matrimonio se divorcia y uno de los cónyuges decide vender una propiedad que estaba a nombre de ambos. Sin embargo, hasta que el divorcio no esté inscrito en el Registro Civil, los terceros de buena fe (como posibles compradores o acreedores) no están afectados por la disolución matrimonial. Solo cuando el divorcio esté registrado oficialmente, sus efectos frente a terceros serán válidos.