Artículo 97 del Código Civil español explicado

El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia.

A falta de acuerdo de los cónyuges, el Juez, en sentencia, determinará su importe teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:

1.ª Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.

2.ª La edad y el estado de salud.

3.ª La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.

4.ª La dedicación pasada y futura a la familia.

5.ª La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.

6.ª La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.

7.ª La pérdida eventual de un derecho de pensión.

8.ª El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.

9.ª Cualquier otra circunstancia relevante.

En la resolución judicial o en el convenio regulador formalizado ante el Secretario judicial o el Notario se fijarán la periodicidad, la forma de pago, las bases para actualizar la pensión, la duración o el momento de cese y las garantías para su efectividad.

Artículo 97 Código Civil

¿Qué establece el artículo 97 del Código Civil español?

El artículo 97 del Código Civil español regula el derecho a una compensación económica en casos de separación o divorcio, para el cónyuge que sufra un desequilibrio económico en comparación con el otro. Este desequilibrio se refiere a un empeoramiento de la situación económica del cónyuge en comparación con su estado anterior al matrimonio. La compensación puede ser en forma de una pensión temporal o indefinida, o bien en una prestación única, dependiendo de lo que se acuerde en el convenio regulador o lo que determine el juez en su sentencia.

Si los cónyuges no llegan a un acuerdo, el juez determinará el importe de la compensación considerando diversas circunstancias como la duración del matrimonio, la edad, la dedicación a la familia, la cualificación profesional y los recursos económicos de ambos.

¿Cuándo se aplica el artículo 97?

El artículo 97 se aplica en casos de separación o divorcio cuando uno de los cónyuges sufre un desequilibrio económico en relación con el otro, lo que implica un empeoramiento de su situación financiera en comparación con su vida matrimonial. En estos casos, el cónyuge afectado puede solicitar una pensión compensatoria o una prestación única para mitigar el impacto económico de la separación.

Este artículo se utiliza cuando no hay acuerdo entre los cónyuges y es el juez quien debe evaluar las circunstancias del caso para determinar el importe de la compensación. También puede aplicarse cuando los cónyuges llegan a un acuerdo en el convenio regulador sobre el tipo de compensación y su duración.

Ejemplos de aplicación del artículo 97

  1. Pensión compensatoria por falta de empleo: Tras un divorcio, uno de los cónyuges no ha trabajado durante varios años debido a la dedicación al cuidado del hogar y de los hijos, mientras que el otro cónyuge ha mantenido un empleo estable. El juez determina que el cónyuge desempleado tiene derecho a una pensión compensatoria debido al desequilibrio económico generado por la separación.
  2. Compensación por colaboración en el negocio familiar: En un caso de separación, uno de los cónyuges ha trabajado durante años en el negocio familiar sin recibir compensación económica directa. El juez concede una pensión temporal para compensar la colaboración en las actividades profesionales del otro cónyuge.
  3. Prestación única en lugar de pensión: En un divorcio de mutuo acuerdo, los cónyuges deciden que uno de ellos recibirá una prestación única en lugar de una pensión periódica. Esta prestación cubrirá el desequilibrio económico generado por el divorcio y permitirá a ese cónyuge estabilizar su situación financiera sin necesidad de una pensión a largo plazo.
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